Juicio de la Inquisición contra Juan Pacheco de León
El domingo 10 de julio de 1650, en la iglesia de Santo Domingo de la ciudad de México, ante el fiscal del Tribunal de la Inquisición, doctor don Antonio de Gaviola, se celebró un auto particular de fe donde fue leída la sentencia que condenaba como hereje a Juan Pacheco de León. El inculpado abjuró públicamente los delitos de herejía de la siguiente forma:
Yo, Juan Pacheco de León, natural de la ciudad de Antequera o de Sevilla o de Portugal, a lo que entiendo o me dijeron mis padres, y vecino del pueblo de Querétaro, que aquí estoy presente, ante Vuestras Señorías, como inquisidores apostólicos que son contra la herética pravedad y apostasía en esta ciudad de México y su partido, por autoridad apostólica y ordinaria, puesta ante mí esta señal de la cruz y los sacrosantos evangelios que con mis manos corporalmente toco, reconociendo la verdadera católica y apostólica fe, abjuro, detesto y anatematizo toda especie de herejía y apostasía que se levante contra 1a santa fe católica y Ley evangélica de nuestro redentor y salvador Jesucristo y contra la sede Apostólica e Iglesia romana, especialmente aquella en que yo, como malo, he caído y tengo confesada antes Vuestras Señorías que aquí públicamente se me ha leído y de que he sido acusado, y juro y prometo de tener y guardar siempre aquella santa fe que guarda y enseña la santa madre Iglesia, y que seré siempre obediente a nuestro señor el Papa y a sus sucesores que canónicamentesucedieren en la santa silla apostólica y a sus determinaciones, y confieso que todos aquellos que contra esta santa fe católica vinieren son dignos de condenación, y prometo de nunca me juntar con ellos, y que cuando enemigo fueren lo perseguiré y las herejías, que de ellas supiere, las revelaré y noticiaré a cualquier Inquisición de la herética pravedad y prelado de la santa madre Iglesia, dondequiera que mehallare, y juro y prometo que recibiré humildemente y con paciencia cualesquier penitencia o penitencias que me han sido o fueron impuestas, con todas mi fuerzas y poder, y las cumpliré en todo y por todo sin ir ni venir contra ella, ni contra cosa alguna ni parte de ella, [...] y desde ahora por entonces y desde entonces por ahora consiento que aquéllas me sean dadas y ejecutadas en mí, y las haya de sufrir cuandoquier que algo se me probare haber quebrantado de lo susodicho por mi abjurado, y ruego al presente secretario que me lo, dé por testimonio y a los presentes que sean de ello testigos. [...] Y lo firmó de su nombre.
Juan Pacheco de León
Ante mi, Licenciado Tomás López de Erenchún.
Al día siguiente comenzó a ejecutarse la pena impuesta en su condena: recibió trescientos azotes mientras marchaba por las calles públicas, con una soga al cuello, precedido por un pregonero, ante la mirada del Alguacil Mayor Andrés Alonso de Torres y de otros familiares de la Inquisición.
El 13 de julio, Juan Pacheco de León fue conducido ante la audiencia del Tribunal de la Inquisición dónde se le preguntó si había comprendido la abjuración que había realizado. Que debía observar lo que había abjurado y que en caso contrario sería “relajado al brazo seglar”. Se le preguntó si llevaba avisos de otros presos de la prisión. Se le dijo que sufriría la pena de excomunión mayor y de doscientos azotes si no guardase el “secreto de todo lo que con él ha pasado sobre este su negocio y causa y de lo que ha visto, oído y entendido en cualquier modo y manera después que ha estado preso.”
Luego de ello fue entregado al alguacil mayor de la Cárcel Real de la corte para que se cumpliera la otra parte de la sentencia: “condenado y desterrado a las galeras de España de Su Majestad, en las cuales sirva al remo y sin sueldo por tiempo y espacio de ocho años precisos, y que cuando fuese entregado en ellas se le quitase el hábito a la lengua de agua, y cumplido el tiempo, dentro de un mes se presentase en el Santo Oficio de la Inquisición de Sevilla con lo demás en dicha sentencia contenido [...]”
¿Qué delito había cometido Juan Pacheco de León para merecer semejante castigo? Para responder a esta pregunta debemos retroceder al año 1642 cuando se inició el proceso. Comienza el expediente con una carátula de la siguiente forma:
AÑO DE 1642
PROCESO Y CAUSA CRIMINAL CONTRA JUAN PACHECO DE LEÓN ALIAS MACHORRO, NATURAL DE LA CIUDAD DE ANTEQUERA, EN ESPAÑA, VECINO Y MERCADER DEL PUEBLO DE QUERÉTARO...
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